Dio positivo y dijo que estrelló el Porsche por no estar habituado al coche

Multa de 1.080 euros y un año sin conducir. La magistrada visionó unas grabaciones de seguridad de la zona y concluye que el conductor circulaba de forma «desatenta, desinhibida e inadecuada, en condiciones indebidas por una ingesta alcohólica previa»

Un conductor de 33 años ha sido condenado en Ourense por la magistrada de la Sección Penal (plaza 2), por un delito contra la seguridad vial. Sobre las 6:00 horas de la madrugada del 3 de febrero de 2024 perdió el control de un Porsche, subió la acera y acabó estrellándose contra un macetero de fundición, propiedad de la empresa del aparcamiento subterráneo. La juzgadora concluye que el acusado «conducía en notorio estado de inseguridad por la anterior ingestión de bebidas alcohólicas». Dio positivo en alcohol: 0,51 en las dos pruebas de aire. No alcanzaba los límites legales para una infracción penal —más de 0,60—, pero la doctrina del Supremo ha establecido que la alcoholemia no es condición sine qua non para que haya delito. El conductor presentaba «una notoria disminución de sus reflejos y capacidad de control», afirma la magistrada. Le impone una multa de 1.080 euros y la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante un año y un día. La resolución del Tribunal de Instancia de Ourense no es firme: cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial.

Según el atestado de la Policía Local, el encausado presentaba signos de haber bebido alcohol: comportamiento exaltado, habla pastosa y repetición de frases o ideas. En un principio dijo a los agentes que la persona que conducía el Porsche era su padre, pero admitió su implicación cuando los policías le advirtieron de que había cámaras en el lugar que permitirían comprobarlo.

En el juicio aludió a varias razones, pero la magistrada desmonta su versión y concluye que la causa fue una circulación «totalmente irregular y anómala» por la ingesta alcohólica previa. «Por más que haya tratado de justificarlo recurriendo a diversos argumentos como la existencia de un cambio de rasante, calzada mojada, la falta de familiarización con el vehículo, etcétera, lo cierto es que los datos objetivos con los que contamos no avalan ninguna de esas aseveraciones, al margen de que no se concibe que los factores apuntados, aunque se hubiesen dado, puedan en todo caso justificar la producción de un siniestro como el sufrido».

Cuando iba en sentido ascendente por la calle Juan XXIII, el acusado perdió el control del coche de alta gama a la altura de Concello. Realizó una trayectoria recta, se salió de la calzada y chocó contra el macetero. Una grabación de seguridad captó el siniestro. La visualización de las imágenes «permite advertir que el asfalto no estaba mojado, al margen de que es evidente que un vehículo no se sale de la calzada por estar mojada, pues, entonces, la actividad de conducción en los días de lluvia tendría que prohibirse», dice la juzgadora.

«Tampoco el que pueda haber un cambio de rasante puede justificar la producción de un siniestro como el que sufrió el acusado, pues, en todo caso, de haberlo, tendría que moderar el conductor la velocidad para evitar una pérdida de control del vehículo», añade la autoridad. «Tampoco la falta de familiaridad con un vehículo puede justificar el hecho de que, en vez de trazar el conductor la curva (…) hubiese circulado en línea recta», expresa. Tras ver las imágenes, la jueza tiene claro que el encausado circuló «en todo momento en línea recta, sin hacer en momento alguno el trazado de la curva que requería el sentido de circulación que traía, y además lo hacía a una velocidad excesiva».

En el juicio, el acusado dijo que esa noche había tomado cerveza en las horas previas, pero consideraba que estaba en condiciones para conducir. Como muestra indicó que fue capaz de sacar el vehículo del parking. Según su versión, el Porsche patinó en su parte delantera al frenar, por el cambio de rasante, y se desencadenó el siniestro por este y otros factores: la calzada estaba mojada —según él— y el vehículo tiene el motor en la parte de atrás. «De ser tan factible que un accidente se produzca por la suma de todas esas circunstancias, la conducción sería una actividad de altísimo riesgo», rebate la magistrada.

«Ni había calzada mojada ni se advierte que la posible existencia de un cambio de rasante hubiese afectado a la conducción y trayectoria, que fue en todo momento recta, hasta la salida final del vía», dice la juzgadora. «Si cada vez que un suelo estuviese mojado y hubiese un cambio de rasante un vehículo con el motor atrás se saliese de la calzada, sencillamente se acabaría prohibiendo la conducción de ese tipo de vehículos», añade.

«Un simple análisis de la velocidad a la que realizaron la maniobra de giro los dos vehículos que le precedieron en la circulación (un turismo y un autobús) permite advertir claramente que no era en absoluto similar a la que traía el acusado», recalca la autoridad. Considera que la trayectoria en línea recta, previa a la salida de vía, «apunta claramente a una conducción desatenta, desinhibida, inadecuada, propia de quien está circulando en condiciones indebidas por una ingesta alcohólica previa».

La juzgadora recuerda que los conductores deben llevar una velocidad adecuada a las circunstancias de la vía y el vehículo. Las excusas que dio el acusado en la vista no lo exculpan. «De estar mojado el suelo, de no estar familiarizado con el vehículo y haber cambios de rasante en la calzada, una conducción adecuada exigiría moderar todavía más la velocidad a fin de garantizar que esas eventuales circunstancias de la conducción, las cuales en absoluto son nada anómalas, no fuesen causa determinante de la producción de un siniestro». La togada cree que la ingesta previa de alcohol por parte del conductor «le impidió advertir todos esos riesgos».

Por suerte, el siniestro dejó solo daños materiales. Pero, tras visionar las imágenes, la jueza incide en que el suceso «pudo tener consecuencias mucho más fatídicas, al encontrase un varón en la acera en el momento en que el acusado irrumpió en la misma. Se libró de ser alcanzado por el vehículo solo por escasos metros».

Solicita una tasación gratuita sobre tu coche siniestrado. En Achatarratucoche.com nos desplazamos hasta tu domicilio o taller con nuestra flota de grúas propia para retirar el vehículo sin coste alguno para ti.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

gracias por contactarnos achatarra tu coche
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.